"Es un asunto entre privados." Así respondía, lacónico, el presidente Javier Milei ante la pregunta de un cronista sobre la grave crisis de endeudamiento y morosidad que sufren las familias argentinas. Entre burlas y la ya clásica elaboración de dogmas, el primer mandatario se refugiaba en su amplio escudo ideológico para desentenderse del tema.

Dentro de sus cuantiosos delirios, el presidente —que todavía parece percibirse como un outsider de la política— olvidó que, como jefe del Estado argentino, firmó de puño y letra, en diciembre de 2023, el Decreto 70/2023, que eliminó el límite máximo de los intereses punitorios que impedía superar en más de un 50% al interés compensatorio.

El resultado está a la vista: la mayor crisis de morosidad desde 2010. De las más de 20 millones de personas que mantienen algún tipo de deuda, 5,6 millones presentan atrasos superiores a los 90 días. Los casos considerados "irrecuperables" aumentaron más de un 60% en un año y los especialistas vinculan el fenómeno con la pérdida del poder adquisitivo y el creciente peso de los gastos esenciales.

La morosidad volvió a encender señales de alerta en el sistema financiero argentino. Más de 3,5 millones de personas acumulan atrasos superiores a un año en el pago de sus deudas, una situación que las ubica dentro de la categoría de mayor riesgo crediticio definida por el Banco Central.

Los datos incluyen obligaciones con bancos, fintech, tarjetas de consumo y fideicomisos financieros. Sobre un universo de alrededor de 20,6 millones de personas con algún tipo de deuda, unas 5,6 millones se encuentran en situación irregular; es decir, registran incumplimientos superiores a los 90 días.

Dentro de ese grupo, más de 3,5 millones quedaron clasificadas durante junio en la denominada situación 5, o "irrecuperable", correspondiente a atrasos mayores a un año. Un año antes eran aproximadamente 2,1 millones, por lo que el incremento interanual alcanzó el 63,5%, según estimaciones de la Gerencia de Estudios Económicos del Banco Provincia, elaboradas sobre datos de la Central de Deudores del Sistema Financiero del Banco Central.

El crecimiento resulta particularmente significativo porque la cantidad total de personas endeudadas aumentó a un ritmo mucho menor. Entre junio de 2025 y junio de 2026, el universo con saldo de deuda pasó de 19,7 millones a alrededor de 20,7 millones: una suba cercana al 5%. En cambio, la proporción de deudores considerados irrecuperables avanzó del 11% al 17% del total.

Otros relevamientos reflejan una tendencia similar. Desde la consultora Analytica calcularon que la cantidad de personas dentro de la categoría más comprometida pasó de cerca de 2 millones a 3,8 millones en apenas doce meses.

Pero ¿cómo actúan entonces otros países liberales, occidentales y democráticos, con economías de mercado, competencia privada y mejores mecanismos de control sobre carteles y monopolios? Algunos de ellos, incluso, están gobernados por presidentes de izquierda.

Veamos.


Colombia

El Código Penal tipifica la usura y el Banco de la República certifica periódicamente la tasa de usura, es decir, el límite máximo legal permitido para determinados intereses remuneratorios y moratorios o punitorios.

El tope se calcula a partir del interés bancario corriente y funciona como un mecanismo de protección frente a cobros considerados excesivos.


España y la Unión Europea

Aunque existe libertad de pactos, los tribunales españoles aplican la Ley de Represión de la Usura, conocida como Ley Azcárate, para anular o limitar intereses de demora o punitorios que resulten notablemente superiores al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionados.

En el ámbito europeo, además, existen normas de protección al consumidor y mecanismos judiciales contra cláusulas abusivas.


Estados Unidos: regulación fragmentada por estados

En Estados Unidos no existe un tope federal único para todos los intereses. La regulación depende, en gran medida, de las denominadas leyes de usura (Usury Laws) de cada estado.


Nueva York

Fija un límite estricto para el interés civil del 16% anual. Superar el 25% puede constituir usura criminal.


California

Establece una tasa legal del 7%, aunque existen excepciones y fórmulas contractuales que pueden modificar el límite según el tipo de operación. La legislación ofrece una protección específica para determinados préstamos personales y de consumo.


Texas

Aplica topes variables, determinados mediante fórmulas vinculadas con las condiciones del mercado financiero y la normativa estatal.

Estados sin un tope porcentual fijo


Estados como Delaware, Utah o Dakota del Sur no establecen necesariamente un límite porcentual general aplicable a todos los préstamos. Sin embargo, determinados contratos pueden ser cuestionados judicialmente cuando sus condiciones son consideradas abusivas o manifiestamente desproporcionadas.


Australia: la doctrina de las cláusulas penales

En Australia, el control de los intereses punitorios o de demora (default interest) se maneja, en buena medida, a través de principios jurídicos destinados a impedir que una cláusula contractual funcione como un castigo desproporcionado.

Prohibición de penalidades excesivas

Los tribunales pueden invalidar cláusulas penales que no guarden relación razonable con el perjuicio o el interés legítimo que busca proteger el acreedor.

Justificación comercial

Para que un cargo adicional por incumplimiento sea válido, debe existir una justificación jurídica y económica que impida que se transforme simplemente en una penalidad arbitraria contra el deudor.

Crédito de consumo

La regulación del crédito al consumidor también establece límites y obligaciones específicas, aunque los mecanismos pueden variar según el tipo de préstamo y la jurisdicción australiana.


Chile

Existe el concepto de Tasa Máxima Convencional (TMC), regulada y fiscalizada por la Comisión para el Mercado Financiero.

La normativa establece límites a los intereses que pueden cobrarse y contempla consecuencias legales cuando esos topes son superados.


Uruguay

La Ley de Usura regula los límites máximos permitidos sobre la base de parámetros vinculados con las tasas medias del mercado y porcentajes establecidos por la legislación.

El cobro por encima de esos márgenes puede generar consecuencias legales para el acreedor.


Francia y Alemania


Ambos países cuentan con mecanismos legales destinados a impedir prácticas usurarias y cobros de intereses manifiestamente desproporcionados.

Los criterios pueden variar según el tipo de contrato y las circunstancias del caso, pero el principio general es claro: la libertad contractual no implica una libertad ilimitada para imponer condiciones abusivas.


Corea del Sur: Ley de Limitación de Intereses

Corea del Sur utiliza un sistema de límites legales aplicables a los intereses.

Tope legal máximo

Bajo la Ley de Limitación de Intereses (Interest Limitation Act), existe un límite máximo para determinados tipos de operaciones crediticias, que incluye restricciones sobre intereses excesivos.

Efecto legal

Los intereses pactados por encima de los límites establecidos pueden resultar inválidos respecto del excedente y generar sanciones para el acreedor, según las circunstancias y el tipo de contrato.


Japón: Ley de Restricción de Intereses

Japón cuenta con una legislación detallada para limitar los intereses excesivos y establecer distintos topes según el monto y las características del préstamo.

La Interest Rate Restriction Act establece límites para los intereses ordinarios y también regula determinadas consecuencias del incumplimiento.

Cuando un contrato supera los máximos permitidos, las cláusulas correspondientes pueden ser reducidas o declaradas inválidas en la parte que exceda los límites legales.


Reino Unido: separación entre operaciones comerciales y de consumo

El Reino Unido no utiliza un único porcentaje aplicable a todas las operaciones.

Empresa a empresa (B2B)

La ley Late Payment of Commercial Debts (Interest) Act 1998 establece un régimen específico para determinados pagos comerciales atrasados. La tasa legal puede calcularse mediante una fórmula basada en la tasa de referencia más un margen adicional.

Empresa a consumidor (B2C)

No existe un único porcentaje aplicable a todos los casos. Sin embargo, la Consumer Rights Act 2015 y otras normas de protección al consumidor permiten cuestionar cláusulas abusivas.

Los tribunales pueden intervenir cuando las condiciones contractuales generan un desequilibrio significativo entre las partes o imponen penalidades desproporcionadas.



¿Conclusión?

CULPABLE, SEÑOR JUEZ.

Consideramos al Estado argentino culpable de desprotección de los ciudadanos, inutilidad, negligencia y un exceso de dogmatismo ideológico.

Porque el mercado puede ser libre. La competencia puede ser privada. Las empresas pueden obtener ganancias.

Pero prácticamente ninguna economía desarrollada entiende que eso signifique ausencia absoluta de reglas.

Incluso los países más identificados con la economía de mercado establecen límites contra la usura, mecanismos de protección al consumidor y controles sobre prácticas abusivas. La libertad económica no equivale a permitir cualquier cosa.

En Argentina, mientras millones de personas caen en atrasos cada vez más prolongados y la cantidad de deudores considerados "irrecuperables" crece a un ritmo alarmante, la respuesta presidencial parece reducirse a una frase:

"Es un asunto entre privados."

Quizás lo sea.

El problema es que, cuando esos asuntos privados involucran a millones de argentinos, bancos, tarjetas, fintech, intereses, deudas imposibles de pagar y familias que pierden su capacidad económica, el Estado no deja de ser parte de la ecuación simplemente porque decida mirar hacia otro lado.

Que Dios y la Patria se lo demanden.